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Protocolo de Publicación de Información en el Portal ChileAtiende

El documento orienta a las instituciones públicas para que, en el marco del cumplimiento de la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, mantengan y den acceso a la información sobre sus trámites en: www.chileatiende.cl
  1. ChileAtiende publica exclusivamente información relacionada con servicios, programas, beneficios e información dirigida a personas naturales y jurídicas, empresas, y organizaciones del Estado y privadas.

  2. Las instituciones interesadas en publicar contenidos en ChileAtiende deben cumplir las condiciones editoriales del Portal: utilizar ficha tipo y redactar los contenidos según orientaciones editoriales existentes. El Equipo de Contenidos aplicará la nueva Guía Editorial a los trámites ya publicados, según el plan de trabajo definido en febrero de 2012, el que será oportunamente comunicado a las instituciones registradas en nuestro Portal.

  3. El Equipo ChileAtiende se reserva el derecho de publicar y editar el contenido, además de solicitar información.

  4. En el caso de los servicios que tienen presencia regional (SERVIU, Servicios de Salud, Intendencias) se recomienda publicar exclusivamente información referida a servicios, programas, beneficios e información de alcance local.

  5. Los servicios, programas, beneficios e información de alcance nacional, deben ser declarados por la Subsecretaría respectiva o el servicio responsable.
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